- Subsidiaria o residual: Porque solo procede cuando no se dispone de otro medio de defensa judicial.
- Inmediata: Porque su propósito es otorgar sin dilaciones la protección solicitada.
- Sencilla o informal: Porque no ofrece dificultades para su servicio.
- Específica: Porque se contrae a la protección exclusiva de los derechos fundamentales.
- Eficaz: Porque en toda caso exige del juez un pronunciamiento de fondo para conceder o negar el amparo del derecho.
- Preferente: Porque el juez la tramitará con prelación a otros asuntos, salvo la acción de habeas corpus. Los plazos son perentorios e improrrogables.
- Sumaria: Porque es breve en sus formas y procedimientos.
lunes, 27 de abril de 2009
Caracteres distintivos que ofrece la acción de tutela
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